LEY 31561
Establece medidas complementarias para la prevención del cáncer en las mujeres, el control y atención especializada del cáncer de mama y de cuello uterino. Ente otros, dispone que las mujeres trabajadoras de la actividad pública y privada, incluida la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas, tienen derecho a un día al año de licencia con goce de haber, cuando concurran a realizarse los exámenes de detección temprana del cáncer de mama y de cuello uterino.
El procedimiento, modo y plazos para la acreditación de los exámenes de detección temprana, se establecerán en el reglamento de esta Ley.
EL PERUANO 16/08/2022